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5 deducciones personales que te ayudarán a pagar menos impuestos

Impuesto

¿Sabías que existen maneras de reducir tu carga fiscal, e incluso, obtener un saldo a favor del SAT si estás dado de alta como persona física?

Cuando presentas tu declaración anual como persona física, existe una categoría dentro del sistema del SAT conocida como “deducciones personales”. Las deducciones personales son gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio. En términos más sencillos, aplicar deducciones personales puede reducir el total de impuestos a pagar, y en algunos casos, puede significar un saldo a favor que el SAT reembolsaría a tu cuenta bancaria.

Por lo tanto, a continuación, te hablaré de cinco deducciones personales que puedes aplicar en tu Declaración Anual para pagar menos impuestos:

Gastos por salud

Los gastos relacionados a temas de salud son deducibles de impuestos si son efectuados para ti, tu cónyuge, concubino/a, padres, abuelos, hijos y nietos. Entre las categorías de gastos deducibles podemos encontrar las siguientes:

  • Honorarios médicos, dentales, y servicios profesionales de psicología y nutrición: Es importante denotar que únicamente son deducibles si dichos servicios son prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
  • Gastos hospitalarios y medicinas: Solamente se incluyen aquellos conceptos en tu factura de hospital. Los comprobantes de farmacias no aplican para deducciones personales.
  • Primas por seguros de gastos médicos: Deben ser complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
  • Otros: También se pueden deducir los honorarios a enfermeras, análisis o estudios clínicos, prótesis y aparatos para rehabilitación del paciente y lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.

Es importante mencionar que el pago de estos gastos se debe realizar mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica, tarjeta de débito o crédito. Si se realiza en efectivo, la deducción no procede para tu declaración anual.

Gastos por educación

Las colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial son deducciones personales autorizadas para las personas físicas. A continuación, podrás observar los límites anuales de deducción para cada nivel de estudio:

  • Preescolar: 14,200 pesos.
  • Primaria: 12,900 pesos.
  • Secundaria: 19,900 pesos.
  • Profesional técnico: 17,100 pesos.
  • Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.

Para deducir este tipo de gasto, se requiere contar con el comprobante de pago correspondiente. En el caso de que en un mismo ejercicio fiscal hagas pagos en dos distintos niveles educativos —por ejemplo, que te toque pagar colegiaturas de tu hijo en su último año de secundaria y el inicio de la preparatoria— entonces el límite anual de deducción que puedes disminuir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluyó o el que inició. Otro detalle para tomar en cuenta es que las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles de impuestos.

El transporte escolar también es deducible de impuestos sólo si es obligatorio.

Aportaciones complementarias para el retiro

Las aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore) también son deducibles de impuestos. Para este punto, cabe recalcar que, si retiras dichos fondos antes del momento de tu retiro, entonces tendrás que pagar los impuestos correspondientes a la deducción que se te aplicó inicialmente.

Gastos funerarios

Los gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos también son deducibles de impuestos. En este caso, deberás contar con la factura y podrás realizarlos con cualquier medio de pago.

Intereses reales por créditos hipotecarios

Los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, son deducibles de impuestos en tanto el crédito otorgado no exceda de 750,000 unidades de inversión o UDIs.

Si decides aplicar una o varias de estas categorías para reducir tu base gravable, debemos recalcar que el monto total de las deducciones personales (excepto los gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.

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